martes, 13 de abril de 2010

desarrollo de la salud social.

En Venezuela se está conformando un nuevo sistema de salud. Constituye uno de los segmentos socioeconómicos de mayor incidencia social por su valor cuantitativo en el índice de desarrollo humano. Sin duda es el resultado de las ingentes inversiones públicas desde 2002-2003, aunque la génesis de esta nueva “salud” en Venezuela se encuentra en los primeros años del proceso político nacionalista conocido popularmente como “revolución bolivariana”. Este nuevo mapa de salud se apoya en la Misión Barrio Adentro, uno de los programas sociales de mayor trascendencia en la reciente historia nacional, si es medido por sus efectos territoriales en salubridad masiva. Como todo lo que se hace con la movilización social, no viene solo. Para el establecimiento de esta Misión se encadenaron decisiones y convicciones políticas dentro y fuera de Venezuela (por ejemplo, Cuba que aportó 14 mil médicos y su experiencia internacional en asistencia primaria). Una de las convicciones decisivas fue la de los barrios obreros y pobres que sostuvieron el programa en todos los sentidos, no sólo yendo a curarse, también ejerciendo la defensa de los módulos y sus clínicos. Esto constituyó una movilización social y una batalla ideológica. Sería inconcebible el triunfo de Barrio Adentro, sin la profunda movilización política registrada en Venezuela desde 1998, especialmente cuando esta acción de masas adquirió carácter revolucionaria en 2002. En esa medida Barrio Adentro y la nueva salud venezolana constituye una conquista social. Es sencillo, la Misión Barrio Adentro no hubiera sido posible sin no lo sostenía el poderoso movimiento social bolivariano que apoya a Chávez. Sus efectos positivos están impactando en forma inmediata sobre todos los segmentos de la población, en esa perspectiva su acción tiene alcance territorial. Ha servido para ayudar a sostener la estabilidad etaria, el equilibrio sanitario ambiental (relación individuo—ciudad—naturaleza), la reducción en las tasas de morbilidad y mortalidad, la estabilidad en el empleo productivo y el estado de felicidad individual y social. Como programa social en pleno desarrollo, vive atrapado en la dialéctica del impacto de lo nuevo, que por eso mismo es frágil, bajo el peso muerto de lo rancio.

Al revisar el estado de la salud en las tres décadas que fueron de 1950 a 1980, estos autores cuentan en el libro de Naim y Piñango que “Al observar la evolución del gasto en salud se aprecia que este ha pasado de 21 bolívares per cápita en 1950, a 398 bolívares en 1980. Sin embargo, tal como lo evidencia el Cuadro 4, en ese mismo período el porcentaje del presupuesto del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social (MSAS) con respecto al presupuesto nacional pasó de 7,5 por ciento en 1950, a 6,1 por ciento en 1980” (pág. 456)El valor nominal de la cantidad de bolívares per capita invertidos desde 1950, se diluyó por acción inflacionaria y perdió valor acumulativo en el desarrollo del sector salud, al reducirse históricamente su inversión global, bajando en 1,4 puntos mientras la población se multiplicaba a razón de 2.8 promedio anual, o sea, el doble.Más grave aún, los autores indican que la inversión destinada a “medicina preventiva y saneamiento ambiental” se redujo en la mitad en el período tratado. Del 28% alcanzado en 1950, se redujo al 14 por ciento en 1980. Eso se tradujo en un grave déficit acumulado de camas médicos y enfermeras hospitalarios por habitantes. El medicamento venezolano de ese período fue el segundo más caro del continente latinoamericano. Sólo Perú superaba a Venezuela en el costo social promedio por medicamento. Un estudio realizado por la Organización Panamericana de la Salud (1984), mostró que un modelo de precio construido con 30 medicamentos básicos de atención primaria, dio este resultado: Mientras en Perú esa unidad abstracta costaba al público 3.7 dólares, en Venezuela costaba 3.5 dólares. Ambos países estaban por encima de todos los demás del grupo latinoamericano.El resultado fue la consolidación de la medicina privada orientada por el lucro individual, que en Venezuela creció en desmedro de la pública. 68% del mercado nacional de la salud (medicamentos, material médico y atención) se realizaba en el sector privado.

Hasta 1998, la red de salud pública atendía a un poco más de 2 millones de ciudadanos por año, en una evolución histórica que comenzó en 1950 con poco más de 280.000 personas atendidas por el Estado.Entre mediados de 2002 y el primer semestre de 2004, el universo total anual atendido ascendió hasta una nueva escala anual: 11.230.000 personas . Desde el punto de vista de la atención este dato constituye un hecho revolucionario, una conquista social. Sus beneficiarios así lo entienden políticamente. Sólo así se entiende que el apelativo “Barrio Adentro” sea sinónimo en Venezuela de salud, atención sanitaria inmediata y gratuita. De hecho, reemplazó en la memoria social a instituciones de salud como IVSS y otros, que por medio siglo fueron, en el mejor de los casos, referencia difusa de ese servicio básico. En el peor, IVSS simboliza en la memoria popular corrupción, ineficacia, angustia.Esta transformación radical del servicio de atención primaria universal comenzó en 2002, aunque tuvo sus primeras iniciativas en entre el 2000 y el 2001. El técnico de la CEPAL dio cuenta en su informe de estos precedentes: “El sector salud ha recibido especial atención por parte de los niveles ejecutivos y legislativos nacionales. La Asamblea Nacional deberá legislar en el año 2001 en las áreas de seguridad social y salud. Las características y consecuencias de la nueva legislación afectarán, sin lugar a dudas, el sistema de salud de las próximas décadas.” Sin embargo, el nuevo sistema de salud en Venezuela sólo puede ser medido a partir de 2002-2003, con el programa Barrio Adentro y las inversiones de 2002-2003.

derecho a la salud


Artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará
como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas
orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios.
Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de
participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas
sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y
convenios internacionales suscritos
y ratificados por la República.

El derecho a la salud obliga a los Estados a generar condiciones en las cuales todos puedan vivir lo más saludablemente posible. Esas condiciones comprenden la disponibilidad garantizada de servicios de salud, condiciones de trabajo saludables y seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos. El derecho a la salud no se limita al derecho a estar sano.

El Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) dice que, entre las medidas que se deberán adoptar a fin de asegurar la plena efectividad del derecho a la salud, figurarán las necesarias para:

la reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños;
el mejoramiento de la higiene del trabajo y del medio ambiente;
la prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas;
la creación de condiciones que aseguren el acceso de todos a la atención de salud.
Para aclarar y hacer operacionales las medidas arriba enumeradas, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptó en 2000 una Observación general sobre el derecho a la salud.

Dicha Observación general dice que el derecho a la salud no sólo abarca la atención de salud oportuna y apropiada sino también los principales factores determinantes de la salud, como el acceso al agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas, el suministro adecuado de alimentos sanos, una nutrición adecuada, una vivienda adecuada, condiciones sanas en el trabajo y el medio ambiente, y acceso a la educación e información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva.

Según la Observación general, el derecho a la salud abarca cuatro elementos:
Disponibilidad. Se deberá contar con un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud, así como de programas de salud.
Accesibilidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser accesibles a todos dentro de la jurisdicción del Estado Parte.
no discriminación
accesibilidad física
accesibilidad económica (asequibilidad)
acceso a la información
Aceptabilidad. Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser respetuosos de la ética médica y culturalmente apropiados, a la par que sensibles a los requisitos del género y el ciclo de vida
Calidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser apropiados desde el punto de vista científico y médico y ser de buena calidad.
Al igual que todos los derechos humanos, el derecho a la salud impone a los Estados Partes tres tipos de obligaciones, a saber:
Respetar. Exige abstenerse de injerirse en el disfrute del derecho a la salud.
Proteger. Requiere adoptar medidas para impedir que terceros (actores que no sean el Estado) interfieran en el disfrute del derecho a la salud.
Cumplir. Requiere adoptar medidas positivas para dar plena efectividad al derecho a la salud.

joseany sequera C.I 19.890.596

2 comentarios:

  1. Joseany: En el primer parrafo podría decirse que se observa un análisis personal, sin embargo en el segundo parrafo se evidencia que hiciste una copia textual de la informacion obtenida, ya que hablas de unos autores que cuentan en el libro de Naim y Piñango, quisiera saber que autures?, me hablas del CEPAL y pienso que no sabes que es el CEPAL, me gustaria que lo investigaras. Te falto mencionar el articulo 84 y algo muy importante para el desarrollo de la salud y el bienestar individual y social: Los programas de prevención de enfermedades y promooción de salud.

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  2. Artículo 84 °
    Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público nacional de salud dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado y no podrán ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud.

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